¿Cómo solicito el pago único por fallecimiento del Seguro Social después de que un miembro de mi familia fallece en California?
Para solicitar el pago único por fallecimiento del Seguro Social, el cónyuge o hijo sobreviviente elegible debe comunicarse directamente con la Administración del Seguro Social (SSA), ya que no puede solicitar en línea este beneficio específico. Aquí se explica cómo solicitar el pago: Paso 1: Confirme su elegibilidad Primero, confirme que es elegible. El pago de $255 se realiza solo al cónyuge sobreviviente que vivía en la misma casa que el fallecido al momento del fallecimiento.
Si no hay dicho cónyuge, el pago se puede realizar al cónyuge o hijo sobreviviente que, en el mes del fallecimiento, era elegible para los beneficios del Seguro Social en el registro del fallecido. Paso 2: Reúna los documentos requeridos Reúna los documentos esenciales antes de comunicarse con la SSA. Necesitará el número de Seguro Social del fallecido, su propio número de Seguro Social y fecha de nacimiento, una copia certificada del certificado de defunción y un comprobante de los ingresos más recientes del fallecido (como los formularios W-2 o una declaración de impuestos).
Es posible que se requiera un certificado de matrimonio para el cónyuge sobreviviente. Paso 3: Comuníquese con la Administración del Seguro Social Debe presentar la solicitud llamando a la SSA al 1-800-772-1213 o visitando su oficina local del Seguro Social. Dígale al representante que desea solicitar el Pago único por fallecimiento.
Lo guiarán para completar la solicitud, conocida como Formulario SSA-8. Paso 4: Presente la solicitud dentro de la fecha límite Debe presentar la solicitud dentro de los dos años posteriores al fallecimiento de su familiar.
Esta es una fecha límite estricta, por lo que es importante actuar con prontitud. Detalles y matices importantes El monto del pago es fijo de $255 y no se ajusta por inflación.
Se paga en el siguiente orden de prioridad: primero a un cónyuge calificado, luego a un hijo calificado. Si no existe una persona elegible, no se realiza el pago.
Este beneficio es independiente de los beneficios mensuales para sobrevivientes, que requieren su propia solicitud. Advertencias y limitaciones Una funeraria puede informar el fallecimiento a la SSA, pero esta acción no inicia una solicitud de beneficios en su nombre.
Debe comunicarse personalmente con la SSA para solicitar el pago. Este pago es único y no está disponible para todos los miembros de la familia.
Esta información es general y no constituye asesoramiento legal. Para situaciones complejas, como disputas sobre elegibilidad u otros asuntos sucesorios, consulte con un abogado calificado en California.
Descargo de responsabilidad:
[This information is for general guidance only and should not be considered as legal advice. Please consult with a qualified attorney for specific legal matters.]
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Actualizado: August 14, 2025
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