¿Cómo reclamo un crédito fiscal en California por los costos de adoptar un niño?
California ya no ofrece un crédito fiscal específico para los costos de adopción, ya que la ley pertinente fue derogada. En su lugar, debe concentrarse en reclamar el importante crédito fiscal federal por adopción y determinar si califica para otros créditos de California para padres.
Aquí le mostramos cómo abordar los créditos fiscales después de una adopción: Paso 1: Solicite el Crédito Fiscal Federal por Adopción. El principal beneficio fiscal disponible es el Crédito Fiscal Federal por Adopción.
Debe presentar una declaración federal de impuestos sobre la renta para reclamarlo. Use el Formulario 8839 del IRS, "Gastos de Adopción Calificados", y adjúntelo a su Formulario 1040.
Este crédito cubre gastos calificados como honorarios de adopción, costas judiciales, honorarios de abogados y gastos de viaje. Paso 2: Reúna toda la documentación necesaria para la adopción.
Reúna todos los documentos relacionados con la adopción. Necesitará el Decreto u Orden de Adopción final y firmado del tribunal.
También necesitará el Número de Seguro Social (SSN) del niño o un Número de Identificación del Contribuyente de Adopción (ATIN) si el SSN aún no está disponible. Conserve los recibos detallados de todos los gastos relacionados con la adopción que haya pagado.
Paso 3: Determine la elegibilidad para otros créditos relacionados con los niños de California Si bien no existe un crédito específico para la adopción, su nuevo hijo puede hacerlo elegible para otros créditos fiscales de California. Revise los requisitos para el Crédito Tributario por Hijos Pequeños (para un niño calificado menor de seis años) y el Crédito por Gastos de Cuidado de Hijos y Dependientes (para los costos pagados por el cuidado para que pueda trabajar).
Puede encontrar los requisitos en el sitio web de la Junta de Impuestos de Franquicias de California (FTB). Paso 4: Presente sus declaraciones de impuestos estatales y federales Complete su declaración de impuestos federales, adjuntando el Formulario 8839 para reclamar el crédito federal.
Al presentar su declaración de impuestos estatales de California (Formulario 540), reclame cualquier otro crédito para el que califique, como los créditos por Hijos Pequeños o por Cuidado de Hijos y Dependientes. La fecha límite de presentación suele ser el 15 de abril de cada año.
Detalles y matices importantes: El crédito federal por adopción no es reembolsable, lo que significa que puede reducir su obligación tributaria a cero, pero no recibirá nada como reembolso más allá de eso. Sin embargo, cualquier crédito no utilizado se puede trasladar hasta por cinco años.
Advertencias y limitaciones: El Crédito Tributario por Hijos Pequeños de California y el Crédito por Gastos de Cuidado de Hijos y Dependientes tienen limitaciones de ingresos y requisitos de elegibilidad específicos. Debe cumplir con estos requisitos por separado para solicitarlos; la adopción en sí no otorga automáticamente estos créditos.
Esta información es general y no constituye asesoramiento legal.
Para situaciones complejas, consulte con un abogado calificado en California o con un profesional en impuestos.
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Descargo de responsabilidad:
[This information is for general guidance only and should not be considered as legal advice. Please consult with a qualified attorney for specific legal matters.]
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Actualizado: August 14, 2025
Impuestos e IRS
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