¿Cuáles son los pasos para que un niño menor de edad en California reclame los beneficios de sobreviviente del registro de Seguro Social de un padre fallecido?

Para reclamar los beneficios de sobreviviente del Seguro Social para un niño menor de edad en California, el padre sobreviviente o tutor legal del niño debe presentar una solicitud en su nombre a la Administración del Seguro Social (SSA) con prueba de la relación padre-hijo. Estos son los pasos a seguir: Paso 1: Reúna los documentos esenciales Antes de presentar la solicitud, debe reunir varios documentos clave. Estos incluyen el certificado de defunción del padre fallecido, el certificado de nacimiento original del niño y los números de Seguro Social del padre fallecido, el niño y el padre sobreviviente o tutor que está solicitando. También necesitará la información de su cuenta bancaria para el depósito directo de los beneficios. Paso 2: Pruebe la relación padre-hijo Si el padre fallecido no figura en el certificado de nacimiento, debe proporcionar prueba adicional. La SSA consulta la ley estatal para determinar la paternidad. Según la ley de California, esto puede incluir una orden judicial de paternidad, una Declaración Voluntaria de Paternidad firmada o evidencia que cumpla con los estándares legales para un presunto padre, como prueba de que el padre fallecido reconoció y mantuvo públicamente al niño (Código de Familia de California, § 7611; Código de Sucesiones, § 6453). Paso 3: Contacte a la Administración del Seguro Social. Debe solicitar los beneficios lo antes posible después del fallecimiento del padre para maximizar los beneficios. La forma más rápida de solicitarlos es llamar a la SSA al 1-800-772-1213 para programar una cita telefónica o en persona. Si bien puede consultar la información en línea en SSA.gov, deberá hablar con un representante para completar la solicitud del niño. Paso 4: Complete la solicitud. Durante su cita, un representante de la SSA le ayudará a completar la "Solicitud de Beneficios del Seguro para Niños". Deberá proporcionar todos los documentos que reunió. Esté preparado para responder preguntas sobre el historial laboral del padre fallecido, la situación del niño y su rol como solicitante. Detalles y matices importantes. En California, un "menor" es una persona menor de 18 años (Código de Sucesiones, § 241). Los beneficios se pagan a un hijo soltero menor de 18 años, o hasta los 19 años si es estudiante de secundaria a tiempo completo. El monto del beneficio es un porcentaje de la prestación del Seguro Social del fallecido. El dinero se paga a un "representante del beneficiario" (generalmente el padre/madre sobreviviente), quien debe utilizarlo para el cuidado y el bienestar del hijo. Advertencias y limitaciones. Si bien no hay una fecha límite estricta para solicitarlo, los beneficios solo se pueden pagar retroactivamente hasta seis meses después de la fecha de solicitud. Retrasar su solicitud puede resultar en la pérdida permanente de los beneficios. Los casos que involucran disputas de paternidad pueden requerir que usted emprenda acciones legales para establecer la relación antes de que la SSA apruebe la solicitud. Esta es información general y no constituye asesoramiento legal. Para situaciones complejas, especialmente aquellas que involucran establecer la paternidad, debe consultar con un abogado calificado en California.
Descargo de responsabilidad: [This information is for general guidance only and should not be considered as legal advice. Please consult with a qualified attorney for specific legal matters.]
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Actualizado: August 14, 2025
Seguridad social

Beneficios, reclamaciones por discapacidad y planificación de la jubilación

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