¿Cuáles son los requisitos de presentación de impuestos para una persona que está bajo una tutela ordenada por un tribunal en California?
El curador es responsable de presentar las declaraciones de impuestos estatales y federales individuales para la persona bajo curatela (la persona curada). La declaración de impuestos se presenta a nombre de la persona curada y bajo su número de Seguro Social, ya que la curatela en sí no es una entidad tributable separada. Estos son los pasos que el curador debe seguir para cumplir con esta obligación: Paso 1: Notifique a las Agencias Tributarias sobre su Rol Fiduciario Presente el Formulario 56 del IRS, "Aviso sobre la Relación Fiduciaria", ante el IRS tan pronto como sea nombrado.
Esto informa oficialmente al IRS sobre su autoridad para actuar en nombre de la persona curada con respecto a asuntos tributarios. La Junta de Impuestos de Franquicias de California (FTB) acepta el Formulario 56 federal. Paso 2: Recopile los Documentos Financieros de la Persona Cursada Reúna todos los documentos tributarios de la persona curada para el año.
Esto incluye todas las declaraciones de ingresos como los formularios W-2, 1099 (para el Seguro Social, pensiones, intereses, dividendos) y cualquier registro de otros ingresos. También recopile registros para posibles deducciones, como gastos médicos o impuestos a la propiedad pagados del patrimonio. Paso 3: Prepare las declaraciones de impuestos individuales Complete las declaraciones de impuestos federales estándar del Formulario 1040 y el Formulario 540 de California.
Las declaraciones deben prepararse utilizando el nombre y el número de Seguro Social de la persona protegida. Todos los ingresos obtenidos por la persona protegida o sus activos se declaran en estos formularios.
Paso 4: Firme y presente las declaraciones El tutor firma la declaración de impuestos en nombre de la persona protegida. Debe firmar el nombre de la persona protegida, seguido de su firma y cargo, por ejemplo: "John Smith, por Jane Doe, Tutor".
Presente las declaraciones antes de la fecha límite estándar de impuestos, generalmente el 15 de abril. Paso 5: Pague los impuestos adeudados Use los fondos del patrimonio de la tutela para pagar los impuestos federales o estatales adeudados.
Según el Código de Sucesiones de California, el pago de impuestos es una obligación del tutor. Detalles y matices importantes: La persona protegida sigue siendo el contribuyente individual.
La tutela es un acuerdo legal para administrar sus asuntos, no un fideicomiso o patrimonio gravable separado. Los honorarios que percibe como curador constituyen ingresos imponibles, pero pueden ser un gasto deducible en la declaración de impuestos de la persona bajo tutela.
Advertencias y limitaciones: Un curador puede ser considerado personalmente responsable de los impuestos, intereses y multas no pagados si no presenta declaraciones o no paga los impuestos adeudados de los bienes del patrimonio de la curatela. Mantenga registros meticulosos de todos los ingresos, gastos y declaraciones de impuestos durante la vigencia de la curatela.
Esta información es general y no constituye asesoramiento legal. Para situaciones complejas, especialmente aquellas que involucran grandes patrimonios o intereses comerciales, le recomendamos consultar con un abogado calificado en California o un Contador Público Certificado (CPA).
[Useful Links]
Descargo de responsabilidad:
[This information is for general guidance only and should not be considered as legal advice. Please consult with a qualified attorney for specific legal matters.]
Vistas: 35
Actualizado: August 14, 2025
Impuestos e IRS
Leyes fiscales, procedimientos del IRS, deducciones y requisitos de presentación
[View All Questions]