¿Cuáles son los procedimientos para que una víctima inmigrante de trata de personas acceda a servicios financiados por el estado y asistencia legal en California?
Las víctimas inmigrantes de la trata de personas pueden acceder a servicios financiados por el estado y asistencia legal obteniendo una carta de elegibilidad de una agencia de servicios sociales designada o un respaldo de las fuerzas del orden. Esta certificación desbloquea el acceso a los programas especializados de asistencia a víctimas de California. Estos son los pasos para acceder a estos servicios: Paso 1: Comuníquese con una línea directa o proveedor de servicios de trata Para seguridad y ayuda inmediatas, llame a la Línea Directa Nacional contra la Trata de Personas al 1-888-373-7888 o comuníquese con un proveedor local de servicios para víctimas de trata de California.
Estas organizaciones brindan apoyo en crisis y lo guiarán a través del proceso oficial sin notificar a las fuerzas del orden a menos que usted lo desee. Paso 2: Obtenga una carta de elegibilidad Para acceder a los beneficios estatales bajo el Programa de Asistencia a Víctimas de la Trata de Personas (Código de Bienestar e Instituciones § 18945), debe obtener una carta de elegibilidad. Un proveedor de servicios para víctimas de trata sin fines de lucro y financiado por el estado puede emitir esta carta después de confirmar que usted es víctima de trata de personas.
No necesita un informe policial para obtener esta carta. Paso 3: Solicite programas financiados por el estado Con su carta de elegibilidad, su proveedor de servicios lo ayudará a solicitar beneficios a través del Programa de asistencia para víctimas de trata y delitos (TCVAP). Este programa puede proporcionar ayuda en efectivo, beneficios de alimentos y Medi-Cal.
Las solicitudes se envían a la agencia de servicios sociales de su condado. Paso 4: Solicite la aprobación de las fuerzas del orden para el alivio de inmigración Si planea solicitar una visa T federal, necesitará la aprobación de una agencia del orden público.
Usted o su abogado pueden solicitarla enviando el Formulario I-914, Suplemento B a una agencia del orden público local, estatal o federal. Según el Código Penal § 236.5, las agencias estatales y locales de California deben responder a esta solicitud dentro de los 15 días hábiles.
Paso 5: Conéctese con asistencia legal gratuita Su proveedor de servicios para víctimas lo remitirá a organizaciones de asistencia legal gratuita. Estos abogados se especializan en ayudar a las víctimas de trata con las solicitudes de visa T, la eliminación de antecedentes penales relacionados con la trata y otros asuntos legales.
Detalles y matices importantes Puede acceder a estos servicios estatales independientemente de su estatus migratorio. La carta de elegibilidad (Paso 2) se aplica a los beneficios estatales, mientras que la autorización de las fuerzas del orden (Paso 4) se destina principalmente a la asistencia migratoria federal.
Los menores pueden recibir servicios a través del Programa para Niños Explotados Sexualmente con Comercio (CSEC), que involucra a las agencias de bienestar infantil del condado. Advertencias y limitaciones: Este proceso puede ser complejo y emocionalmente agotador.
Es fundamental colaborar con un proveedor de servicios para víctimas con buena reputación. Si bien las fuerzas del orden tienen una fecha límite para responder a las solicitudes de autorización, a veces puede ser difícil obtener su cooperación.
Esta información es general y no constituye asesoramiento legal. Para situaciones complejas, consulte con un abogado calificado de California especializado en inmigración y derechos de las víctimas.
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Descargo de responsabilidad:
[This information is for general guidance only and should not be considered as legal advice. Please consult with a qualified attorney for specific legal matters.]
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Actualizado: August 14, 2025
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