¿Qué formularios debo completar para afirmar que mis ingresos están exentos de cobro según la ley de California?
Para afirmar que sus ingresos están exentos de cobro, debe presentar una Reclamación de exención (formulario EJ-160) y una Declaración financiera (formulario EJ-165). Estos son los pasos para presentar su reclamación correctamente. Paso 1: Obtenga los formularios necesarios Necesita dos formularios: EJ-160 (Reclamación de exención) y EJ-165 (Declaración financiera). Puede descargarlos gratuitamente del sitio web de los Tribunales de California (courts.ca.gov/forms) u obtenerlos de la oficina del secretario del tribunal en el condado donde se dictó la sentencia.
Paso 2: Complete los formularios En la Reclamación de exención (EJ-160), debe explicar por qué su dinero está protegido legalmente. Para los ingresos exentos en una cuenta bancaria, citaría el CCP § 704.070 (ganancias pagadas). También debe completar la Declaración financiera (EJ-165) enumerando todos los ingresos y gastos mensuales de su hogar para demostrarle al juez que necesita los fondos para las necesidades básicas.
Sea minucioso y honesto. Paso 3: Haga al menos dos copias. Después de llenar y firmar los formularios originales, haga al menos dos copias completas.
Necesitará una para el funcionario encargado del embargo (generalmente el alguacil), una para sus registros y la original para presentarla. Paso 4: Presente su reclamo ante el funcionario encargado del embargo. NO presente su reclamo ante el tribunal primero.
Debe presentar el original y una copia de sus formularios completos ante el funcionario encargado del embargo. Este suele ser el Departamento del Alguacil del condado que notificó el embargo bancario o el embargo de salario. La información de contacto del funcionario encargado del embargo se encuentra en el "Aviso de Embargo" que recibió.
Paso 5: Actúe dentro del plazo. Tiene un plazo muy estricto. Debe presentar su Reclamo de Exención ante el funcionario encargado del embargo dentro de los 10 días posteriores a la fecha en que se le notificó personalmente el Aviso de Embargo, o 15 días si se notificó por correo.
Actúe de inmediato para evitar incumplir este plazo. Detalles y matices importantes: Una vez que presente la reclamación, el funcionario encargado del embargo suspenderá el cobro y remitirá su reclamación al acreedor. El acreedor tiene 10 días para aceptar su reclamación o presentar una oposición ante el tribunal.
Si se opone, el tribunal fijará una fecha de audiencia donde un juez decidirá si sus ingresos están exentos. Advertencias y limitaciones: Presentar una Reclamación de Exención solo funciona para acciones de cobro posteriores a la sentencia, como un embargo bancario o un embargo de salario. No impide la presentación de una demanda.
El éxito de su reclamación depende de su situación financiera y de que presente pruebas suficientes ante el tribunal. Esta información es general y no constituye asesoramiento legal. Para situaciones complejas, o si un acreedor se opone a su reclamación, debe consultar con un abogado calificado en California.
[Useful Links]
Descargo de responsabilidad:
[This information is for general guidance only and should not be considered as legal advice. Please consult with a qualified attorney for specific legal matters.]
Vistas: 36
Actualizado: August 14, 2025
Quiebra y deuda
Alivio de deudas, procedimientos de quiebra y protección de acreedores
[View All Questions]