¿Quién es responsable de la deuda de una persona fallecida en California y cómo notifico a los acreedores?
En California, el patrimonio de la persona fallecida es responsable de sus deudas, no la familia personalmente. Si los activos del patrimonio no son suficientes para cubrir todas las deudas, algunas deudas podrían quedar impagas. Así es como se gestionan normalmente las deudas del patrimonio y se notifica a los acreedores: Paso 1: Identificar al Representante Personal.
La persona a cargo del patrimonio (el "representante personal" o "albacea") debe ser designada formalmente por el tribunal. Necesitará una copia certificada del certificado de defunción para iniciar este proceso. Paso 2: Solicitar la Sucesión.
El representante personal debe presentar una petición para abrir un caso formal de sucesión ante el Tribunal Superior del condado donde vivía la persona fallecida. Este es el proceso legal para administrar y distribuir los activos y las deudas del patrimonio. Paso 3: Notificar a los Acreedores Conocidos.
Una vez que el tribunal lo designe como representante personal, debe notificar directamente por escrito a todos los acreedores conocidos o razonablemente determinables. Debe utilizar el "Aviso de Administración a los Acreedores" oficial (Formulario DE-157).
Esto les da a los acreedores un plazo específico, generalmente cuatro meses, para presentar una reclamación formal ante el tribunal. Paso 4: Publicar un aviso general También debe publicar un aviso en un periódico local de circulación general para alertar a los acreedores desconocidos.
Este aviso publicado también les informa de su fecha límite para presentar una reclamación. Paso 5: Pagar las reclamaciones válidas de los activos del patrimonio Utilice los fondos del patrimonio para pagar las reclamaciones válidas de los acreedores que se presentaron a tiempo.
Debe pagar las deudas en el orden de prioridad establecido por el Código de Sucesiones de California, y los gastos funerarios, los gastos de la última enfermedad y los costos administrativos se pagan antes que la mayoría de las demás deudas, como las tarjetas de crédito. Detalles y matices importantes: Por lo general, no es personalmente responsable de las deudas de una persona fallecida a menos que fuera cosignatario, titular de una cuenta conjunta o cónyuge sobreviviente para las deudas consideradas propiedad comunitaria.
Para las deudas garantizadas, como una hipoteca, el prestamista aún puede recuperar la propiedad si no se realizan los pagos. Advertencias y limitaciones: Nunca utilice sus fondos personales para pagar las deudas del fallecido.
No está legalmente obligado a hacerlo y es posible que no pueda obtener un reembolso del patrimonio. Si un acreedor no cumple con el plazo para presentar una reclamación, generalmente se le impide el cobro de su deuda.
Esta información es general y no constituye asesoramiento legal. Para situaciones complejas, consulte con un abogado calificado en California.
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Descargo de responsabilidad:
[This information is for general guidance only and should not be considered as legal advice. Please consult with a qualified attorney for specific legal matters.]
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Actualizado: August 13, 2025
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