¿Cómo respondo legalmente a una orden de protección penal que se ha notificado en mi contra en California?
Para responder legalmente a una orden de protección penal, debe cumplir de inmediato con todos sus términos y asistir a la audiencia judicial programada para presentar pruebas y argumentar en contra. Tiene derecho a impugnar la orden en el tribunal y se recomienda encarecidamente que lo haga con un abogado. Estos son los pasos para responder a la orden: Paso 1: Lea la orden de inmediato Revise atentamente cada página de la orden de protección.
Preste mucha atención a quién está protegido, la distancia de alejamiento (p. ej., 100 yardas) y la lista de comportamientos prohibidos, que casi siempre incluye la prohibición de contacto de ningún tipo (teléfono, mensajes de texto, correo electrónico, redes sociales, mensajes de terceros). Anote la fecha, la hora y el lugar de su audiencia judicial.
Paso 2: Cumpla con todos los términos Debe obedecer la orden por completo, incluso si cree que es injusta. El incumplimiento es un delito independiente según el Código Penal de California 273.6. Si la orden requiere que se mude de una casa compartida, hágalo de inmediato.
La orden también requerirá que venda o almacene cualquier arma de fuego que posea o posea y presente un recibo ante el tribunal. Paso 3: Contrate a un abogado de defensa penal Una orden de protección penal es parte de un caso penal más amplio. Un abogado con experiencia es esencial para proteger sus derechos.
Puede asesorarlo, reunir pruebas y representarlo en la audiencia para argumentar a favor de la terminación o modificación de la orden. Paso 4: Prepárese para su audiencia judicial Trabaje con su abogado para reunir pruebas que respalden su posición. Esto puede incluir mensajes de texto, correos electrónicos, fotografías o una lista de testigos que puedan testificar a su favor.
Su abogado lo ayudará a prepararse a usted y a su evidencia para la audiencia. Paso 5: Asista a la audiencia Debe comparecer en la audiencia judicial que se indica en la orden. Si no asiste, es probable que el juez otorgue una orden de protección permanente (hasta 10 años) sin escuchar su versión.
En la audiencia, su abogado puede contrainterrogar a la persona protegida y presentar su caso ante el juez. Consideraciones importantes: Una orden de protección penal (emitida bajo el Código Penal 136.2) está directamente vinculada a un caso penal. No la confunda con una orden de restricción civil.
Incumplir cualquier término, por mínimo que sea, puede resultar en su arresto y nuevos cargos penales. La prohibición de armas de fuego según el Código Penal 29825 es estricta y tiene graves consecuencias. Nota: No se comunique con la persona protegida por ningún motivo, incluso si esta se comunica con usted primero.
Su invitación a comunicarse no le autoriza a incumplir una orden judicial. Solo el tribunal puede modificar o rescindir la orden.
Esta información es general y no constituye asesoramiento legal. Para situaciones complejas, consulte con un abogado calificado en California.
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Descargo de responsabilidad:
[This information is for general guidance only and should not be considered as legal advice. Please consult with a qualified attorney for specific legal matters.]
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Actualizado: August 14, 2025
Derecho penal
Cargos penales, procedimientos judiciales y derechos del acusado
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