¿Qué pasos debe seguir una organización sin fines de lucro para obtener el estatus de exención de impuestos estatales en California?
Para obtener el estado de exención de impuestos estatales en California, su organización sin fines de lucro debe constituirse, obtener el estado de exención de impuestos federales y luego presentar una solicitud ante la Junta de Impuestos de Franquicias de California (FTB). Estos son los pasos a seguir para recibir la exención del impuesto sobre la renta o franquicia corporativa de California. Paso 1: Presentar los Artículos de Incorporación Primero, debe formar una entidad legal.
Presente sus Artículos de Incorporación ante la Secretaría de Estado de California. Según el Código de Corporaciones de California, estos artículos deben incluir un lenguaje específico que indique el propósito de la organización (por ejemplo, caritativo, educativo) y una cláusula de dedicación y disolución, que garantice que los activos se distribuirán a otra organización exenta en caso de disolución. Paso 2: Obtener el Estado de Exención de Impuestos Federales A continuación, solicite el estado de exención de impuestos federales ante el IRS, generalmente presentando el Formulario 1023 para el estado 501(c)(3).
Si bien puede solicitar el estado de California al mismo tiempo, es más rápido y sencillo esperar hasta recibir su carta de determinación federal del IRS. Paso 3: Solicite el estado de exención de impuestos de California Una vez que tenga su carta de determinación del IRS, presente el Formulario 3500A, Presentación de solicitud de exención, ante la Junta de impuestos de franquicia de California (FTB). Debe adjuntar una copia de sus Artículos de incorporación firmados y su carta de determinación del IRS.
Si aún no tiene estado federal o no es un 501(c)(3), debe presentar el Formulario 3500, Solicitud de exención más detallado. Presente este formulario dentro de los 19 meses posteriores a la constitución para garantizar que su estado de exención de impuestos sea retroactivo a su fecha de formación. Paso 4: Regístrese en el Registro de fideicomisos de beneficencia del Procurador General Dentro de los 30 días de recibir sus primeros activos, debe presentar el Formulario CT-1, Formulario de registro inicial, ante la oficina del Procurador General de California.
Este es un requisito separado para las organizaciones de beneficencia que operan o solicitan donaciones en California. Consideraciones importantes: La exención de impuestos estatales según la Sección 23701 del Código de ingresos e impuestos solo exime a su organización del impuesto estatal sobre la renta corporativa.
No otorga exención de otros impuestos, como los impuestos sobre la propiedad, las ventas o el empleo. Si su organización posee propiedades, debe solicitar por separado la "Exención de Asistencia Social" ante la oficina del tasador de su condado.
Nota: Mantener la exención de impuestos requiere declaraciones anuales. Debe presentar una declaración informativa anual ante el FTB (Formulario 199) y el Procurador General (Formulario RRF-1) para mantener su exención activa y al día.
Esta información es general y no constituye asesoramiento legal. Para situaciones complejas, consulte con un abogado calificado en California.
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Descargo de responsabilidad:
[This information is for general guidance only and should not be considered as legal advice. Please consult with a qualified attorney for specific legal matters.]
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Actualizado: August 14, 2025
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