¿Cómo puedo presentar un reclamo por robo de salario ante el Comisionado Laboral de California si mi empleador está reteniendo mi pago debido a mi estatus migratorio?
La ley de California protege a todos los trabajadores del robo de salario, independientemente de su estatus migratorio. Puede presentar un reclamo salarial ante la Oficina del Comisionado Laboral de California para recuperar sus salarios no pagados. Aquí le mostramos cómo presentar su reclamo: Paso 1: Reúna su evidencia.
Reúna todos los documentos relacionados con su trabajo y salarios no pagados. Esto incluye talones de pago, registros de tiempo personales o calendarios, mensajes de texto o correos electrónicos con su empleador y cualquier demanda de pago por escrito que haya realizado. Paso 2: Complete el formulario de reclamo.
Llene el formulario de "Informe o reclamo inicial" (también conocido como Formulario 1). Puede encontrar este formulario en el sitio web del Departamento de Relaciones Industriales de California (DIR). El formulario está disponible en varios idiomas y no pregunta sobre su estatus migratorio.
Paso 3: Presente su reclamo. Envíe el formulario completo y copias de su evidencia a la Oficina del Comisionado Laboral. Puede presentarlo en línea, por correo postal o en persona en la oficina del distrito más cercana a donde trabajó.
Encuentre su oficina local en el sitio web del DIR. Por lo general, tiene tres años a partir de la fecha en que ganó los salarios para presentarlo. Paso 4: Participe en la Conferencia de Acuerdo Después de presentar su solicitud, la oficina programará una conferencia de acuerdo.
Un Comisionado Laboral Adjunto se reunirá con usted y su empleador para intentar llegar a un acuerdo. La mayoría de los casos se resuelven en esta etapa. Paso 5: Asista a la Audiencia Si no puede llegar a un acuerdo en la conferencia, su caso se programará para una audiencia formal.
Este es un procedimiento similar a un tribunal donde usted presenta su evidencia a un oficial de audiencias que emitirá una decisión final y vinculante. Detalles y matices importantes Según la Sección 1171.5 del Código Laboral de California, todas las protecciones y recursos disponibles bajo la ley estatal están disponibles para todas las personas, independientemente de su estatus migratorio.
Además, la Sección 244 del Código Laboral prohíbe que un empleador amenace con denunciarlo a las autoridades de inmigración en represalia por ejercer sus derechos laborales. Advertencias y limitaciones El proceso de reclamo salarial puede tardar varios meses en completarse.
Si bien la ley prohíbe estrictamente las represalias, un empleador inescrupuloso aún podría hacer amenazas. Documente dichas amenazas de inmediato.
Esta es información general y no constituye asesoramiento legal. Para situaciones complejas o si teme represalias, debe consultar con un abogado calificado de California o una clínica de derechos de los trabajadores.
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Descargo de responsabilidad:
[This information is for general guidance only and should not be considered as legal advice. Please consult with a qualified attorney for specific legal matters.]
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Actualizado: August 14, 2025
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