¿Cómo puedo tomarme tiempo libre para votar el día de las elecciones en California? ¿Tengo que cobrar por ello?
Sí, bajo la ley de California, usted puede tomar tiempo libre remunerado para votar el Día de las Elecciones si no tiene tiempo suficiente para votar durante sus horas libres. Su empleador está obligado a pagarle hasta dos horas de ese tiempo de votación. Aquí le mostramos cómo solicitar y usar el tiempo libre para votar: Paso 1: Verifique su horario de trabajo y el horario de votación.
Primero, determine si tiene tiempo suficiente para votar antes o después de su turno. La ley de tiempo libre para votar de California solo aplica si su horario de trabajo coincide con el horario de votación, lo que le dificulta votar en su tiempo libre. Paso 2: Notifique con anticipación a su empleador.
Debe notificar a su empleador que necesita tomar tiempo libre para votar al menos dos días hábiles antes del Día de las Elecciones. Si bien la ley no exige una notificación por escrito, enviar un simple correo electrónico crea un registro de su solicitud. Paso 3: Coordine el tiempo con su empleador.
El tiempo libre debe programarse al principio o al final de su turno de trabajo regular, lo que le permita más tiempo libre para votar y sea lo menos disruptivo para las operaciones de su empleador. Usted y su empleador deben acordar el horario.
Paso 4: Tómese su tiempo libre y reciba su pago. Tiene derecho a que se le pague hasta dos horas del tiempo que se tome libre para votar.
Si necesita más de dos horas, ese tiempo adicional puede no ser remunerado. Asegúrese de seguir los procedimientos normales de control de tiempo de su empleador.
Detalles y matices importantes: Su empleador está obligado por ley a publicar un aviso sobre estos derechos de voto de los empleados en un lugar visible en su lugar de trabajo al menos 10 días antes de una elección estatal. Este derecho se aplica a todas las elecciones estatales.
Advertencias y limitaciones: Es un delito menor que su empleador rechace su solicitud válida de tiempo libre para votar o tome represalias en su contra por tomarla. Si su empleador niega su solicitud o amenaza con medidas disciplinarias, debe documentar la interacción y considerar reportarla a la División de Elecciones de la Secretaría de Estado de California o al Fiscal de Distrito de su condado.
Esta es información general y no constituye asesoramiento legal. Para situaciones complejas, como represalias del empleador, debe consultar con un abogado calificado en California.
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Descargo de responsabilidad:
[This information is for general guidance only and should not be considered as legal advice. Please consult with a qualified attorney for specific legal matters.]
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Actualizado: August 14, 2025
Derecho laboral
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